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2.1.1. Los derechos humanos incluyen los derechos sexuales y derechos reproductivos

Los Derechos Humanos son las facultades que tienen todas las personas por el hecho de serlo. Implican la existencia de condiciones de vida y acceso a bienes materiales, sociales y culturales para todas/os. Son el ideal de vida para un desarrollo pleno (Defensoría del Pueblo de Colombia, 2007).No son únicamente las normas y leyes, por lo tanto, es necesario que el Estado garantice los Derechos Humanos a todas las personas y los restituya a quienes les han sido violentados. Cada persona está en la obligación de actuar respetando los derechos. Ninguna situación o vínculo entre las personas justifica la violación a los derechos humanos. Tener derechos significa también que cada quien tiene el deber y responsabilidad de respetar los derechos propios y de las/os demás (Defensoría del Pueblo de Colombia, 2007). 

A nivel internacional los Derechos Humanos se encuentran establecidos en los convenios y tratados firmados y ratificados por la República Dominicana como son la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña[1] y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, entre otros. Así mismo el Relator Especial sobre el Derecho a la Educación de Naciones Unidas afirmaba en 2010 que: “el derecho a la educación incluye el derecho a la educación sexual, el cual es un derecho humano en sí mismo, que a su vez resulta condición indispensable para asegurar que las personas disfrutemos de otros derechos humanos, como el derecho a la salud, el derecho a la información y los derechos sexuales y reproductivos. Así, el derecho a la educación sexual integral es parte del derecho de las personas a ser educadas en derechos humanos”.

 

La comunidad internacional ha establecido objetivos y planes de acción conjuntos tales como la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), que contemplan tanto la educación para todos y todas, así como la mejora de la salud de las mujeres y en sus metas contiene la realización de acciones orientadas a la educación para la prevención de embarazos en adolescentes; así mismo el cuarto y quinto Objetivos de Desarrollo Sostenible señalan respectivamente que se debe “garantizar una educación de calidad inclusiva y equitativa, y promover las oportunidades de aprendizaje permanente para todos” y “alcanzar la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y niñas”. República Dominicana es además signataria de la Declaración Ministerial Prevenir con Educación, que apunta a la reducción de la cantidad de adolescentes y jóvenes sin cobertura de servicios de salud sexual y reproductiva y, contextualmente, a la reducción significativa del número de escuelas que no han institucionalizado la educación integral en sexualidad. 

A nivel nacional la Constitución Política de la República Dominicana establece el marco normativo para garantizar los Derechos Humanos, en su artículo 38 establece que El Estado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona y se organiza para la protección real y efectiva de los derechos fundamentales que le son inherentes. La dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos. Así mismo en su artículo 63 sobre Derecho a la educación, indica que: Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones.

Respecto a la educación integral en sexualidad, ésta se encuentra avalada por el marco legal dominicano en la Ley Orgánica de la Estrategia Nacional de Desarrollo de la República Dominicana 2030, que en el objetivo específico 2.3.4, señala: “Proteger a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes desde la primera infancia para propiciar su desarrollo integral e inclusión social” y establece “Incorporar al currículo educativo la educación sexual-reproductiva de los niños, niñas, adolescentes, las infecciones de transmisión sexual (ITS) y el VIH y promover la formación en valores para la paternidad responsable y la convivencia familiar, en un marco de respeto y equidad de género”. Por su parte el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (ley 136-03) también contempla la inclusión de la educación sexual y afectiva, así como el Pacto Nacional para la Reforma Educativa en la República Dominicana.

Características de los derechos humanos

[1] Originalmente se llama “Convención Internacional de los Derechos del Niño”, por obvias razones se prefiere llamarlo del Niño y la Niña. 

Reflexión 4

4. Reflexiona y comparte en el foro:

Lee el artículo ¿Es la educación sexual un derecho humano? Lo encontrarás en el siguiente enlace: https://www.es.amnesty.org/redescuelas/materiales-para-el-profesorado/mi-cuerpo-mis-derechos/es-la-educacion-sexual-un-derecho-humano/

Comparte tu opinión acerca de lo que se plantea.

Puntaje: 5 puntos

Derechos sexuales y derechos reproductivos de las niñas, niños y adolescentes

Los derechos sexuales y derechos reproductivos también se reconocen como derechos humanos[1], y como tales con las características destacadas en el cuadro; así que el  MINERD y todas sus dependencias, en calidad de principal garante del derecho a la educación, contribuye por lo que le compete a la promoción y al respeto de estos derechos. Cada una de estas organizaciones ha desarrollado a partir de consultas, estudios y análisis un listado de éstos derechos, que en su mayoría coinciden, pero contienen particularidades propias de las acciones de cada organismo. Para los efectos de este curso veremos los dieciséis derechos sexuales establecidos por la World Association for Sexual Health (WAS) en su Declaración de 2014: “Salud Sexual para el Milenio”. 

Puedes consultar la Carta de los Derechos Sexuales y Reproductivos de la IPPF.

Y la Declaración completa aquí.  

 

  Los derechos sexuales según la última revisión de la Asamblea General de WAS en el año 2014 son:

  1. Derecho a la igualdad y a la no-discriminación
  2. Derecho a la vida, libertad y seguridad plena de la persona
  3. Derecho a la autonomía e integridad del cuerpo
  4. Derecho a una vida libre de tortura, trato o pena crueles, inhumanos o degradantes
  5. Derecho a una vida libre de todas las formas de violencia y de coerción
  6. Derecho a la privacidad
  7. Derecho al grado máximo alcanzable de salud, incluyendo la salud sexual que comprende experiencias sexuales placenteras, satisfactorias y seguras
  8. Derecho a gozar de los adelantos científicos y de los beneficios que de ellos resulten
  9. Derecho a la información
  10. Derecho a la educación y derecho a la educación integral de la sexualidad
  11. Derecho a contraer, formar o disolver el matrimonio y otras formas similares de relaciones basadas en la equidad y el pleno y libre consentimiento
  12. Derecho a decidir tener hijos, el número y espaciamiento de los mismos, y a tener acceso a la información y los medios para lograrlo
  13. Derecho a la libertad de pensamiento, opinión y expresión
  14. Derecho a la libre asociación y reunión pacíficas
  15. Derecho a participar en la vida pública y política
  16. Derecho al acceso a la justicia y a la retribución y la indemnización

 

Ver los derechos sexuales de la World Association for Sexual Health aquí.

Se recomienda, además, consultar la Carta de los Derechos Sexuales y Reproductivos de la IPPF (1995), la misma  está sustentada en los hallazgos y recomendaciones de varios órganos de vigilancia y los tratados de la Organización de Naciones Unidas (ONU). En la misma se considera que los derechos sexuales emanan de los derechos a la libertad, igualdad, privacidad, autonomía, integridad y dignidad de todas las personas.

 

 



[1] Para profundizar al respecto se pueden consultar fuentes de Organización Mundial de la Salud, la Asociación Mundial de Sexología, la Health, Empowerment, Rights and Accountability/ Salud, Empoderamiento, Derechos y Responsabilidad (HERA), la Asociación Mundial para la Salud Sexual, la Federación Internacional de Planificación de la Familia (IPPF) y la World Association for Sexual Health.